Cuando alguien empieza a buscar vivienda en Torrevieja, normalmente piensa primero en una cifra: el precio. Pero comprar una vivienda conlleva otros gastos que conviene conocer desde el principio. Los impuestos, la notaría, el Registro de la Propiedad, la tasación de la hipoteca o una gestoría pueden sumarse al total que necesita para completar la compra. Por eso, antes de reservar una vivienda, calcule no solo lo que cuesta la casa, sino cuánto dinero va a requerir la compra completa.
Obra nueva o segunda mano: la primera gran diferencia
Los impuestos cambian según compre una vivienda nueva directamente al promotor o una vivienda de segunda mano. Esto importa, porque decide buena parte de los gastos. En una vivienda de segunda mano, el comprador paga por lo general el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP). En una vivienda nueva, la compra suele estar sujeta al IVA y al Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (AJD). La Agencia Tributaria y el Consejo General del Notariado indican un tipo de IVA del 10 % para la compra ordinaria de una vivienda nueva.
¿Qué impuestos se pagan por una vivienda de segunda mano en Torrevieja?
Torrevieja está en la Comunitat Valenciana, donde la compra de una vivienda de segunda mano está sujeta normalmente al ITP. Desde el 1 de junio de 2026 el tipo general es del 9 %. Cuando el inmueble vale más de 1.000.000 €, el tipo es del 11 %.
Por ejemplo, en una vivienda de segunda mano de 180.000 €, suponiendo que se aplica el tipo general y que esa es la base imponible, el ITP sería de 16.200 €, más la notaría, el Registro y cualquier otro gasto. Existen tipos reducidos para determinados casos: algunas compras de primera vivienda habitual por parte de jóvenes, vivienda protegida, familias numerosas o monoparentales, personas con determinados grados de discapacidad y otros supuestos que cumplan la normativa valenciana.
Para calcular la base imponible también necesita el valor de referencia del Catastro, cuando lo haya. A efectos del impuesto, la regla general es tomar el mayor entre el valor de referencia, el precio pactado y el valor declarado.
¿Qué impuestos se pagan por una vivienda nueva?
Cuando compra una vivienda nueva directamente a un promotor, el sistema es distinto. Normalmente se paga IVA sobre el precio de compra. En la compra ordinaria de una vivienda nueva, el tipo general es actualmente del 10 %.
También debe contar con el AJD. En la Comunitat Valenciana, la Agencia Tributaria Valenciana indica actualmente un tipo general de AJD del 1,5 %, con otros tipos en determinadas situaciones. Para las primeras copias de escrituras de compra de vivienda habitual existe un tipo del 0,1 %, si se cumplen los requisitos. Estas diferencias son precisamente la razón por la que conviene calcular los gastos para la vivienda concreta y el comprador concreto.
La notaría
La escritura pública da seguridad jurídica a la compraventa. Entre otras cosas, el notario comprueba quiénes son las partes, quién es el propietario de la vivienda, si tiene cargas, la situación con la comunidad de propietarios, cómo se paga el dinero y algunos aspectos fiscales de la operación.
Los honorarios notariales se fijan por un arancel oficial, así que no son una cifra libre. El coste final puede variar según el precio del inmueble, la extensión de la escritura y otros detalles. Recuerde también que el reparto de algunos gastos de la escritura puede depender de lo que acuerden comprador y vendedor y de lo que establezca la ley.
El Registro de la Propiedad
Una vez firmada la escritura, la vivienda se suele inscribir a nombre del nuevo propietario en el Registro de la Propiedad. La inscripción da protección jurídica y hace público quién es el titular del inmueble. Los honorarios del Registro también se fijan oficialmente, así que son otra cantidad que debe incluir en su presupuesto.
¿Hay que pagar una gestoría?
No siempre. Una gestoría puede encargarse de tareas como presentar los impuestos e inscribir la escritura. Pero el comprador también puede hacer parte de esto personalmente, o tramitarlo a través de la notaría, según el caso. Si hay hipoteca, el papeleo suele ser algo más largo.
¿Qué gastos conlleva una hipoteca?
Muchos compradores en Torrevieja necesitan financiación bancaria. En ese caso, separe los gastos de la compra de los gastos de la hipoteca.
Desde los cambios de la ley de crédito inmobiliario, el banco paga determinados gastos de constitución del préstamo, como la notaría, el Registro, la gestoría y el impuesto sobre el préstamo. El comprador suele pagar la tasación del inmueble. Puede haber otros gastos según las condiciones de cada banco, así que conviene comparar varias ofertas de hipoteca.
La tasación de la hipoteca
Si solicita una hipoteca, el banco necesita conocer el valor de la vivienda que financia, así que se hace una tasación oficial. El resultado importa: el banco suele calcular el máximo que prestará a partir de límites vinculados al precio de compra y a la tasación. Esto significa que no solo necesita el dinero para impuestos y gastos, sino también fondos propios para la parte del precio que el banco no financia.
La reserva y el contrato de arras
La señal no es realmente un gasto adicional si sigue adelante, porque normalmente se descuenta del precio. Pero es dinero que necesita tener disponible desde el principio.
El contrato de arras tiene peso jurídico. El Consejo General del Notariado recuerda que es un contrato válido y que sus consecuencias dependen de cómo se haya pactado. Con unas arras penitenciales, por ejemplo, si el comprador se echa atrás puede perder la señal, y si se echa atrás el vendedor puede tener que devolverla por duplicado. Por eso, no entregue una señal importante antes de que se haya comprobado la situación jurídica de la vivienda.
Gastos que se olvidan
Al hacer números, piense también en lo que viene después: el cambio de titularidad de los suministros, pequeñas reparaciones, muebles, pintura, reforma, seguro de hogar y cuotas de comunidad. Si la vivienda está en un residencial con piscina, jardines u otros servicios comunes, pregunte cuál es la cuota de comunidad. Es igual de importante saber si la comunidad ha aprobado alguna derrama. Los notarios recomiendan comprobar tanto las cuotas de comunidad como las posibles cargas de la vivienda antes de comprar.
Un ejemplo sencillo
Imagine una vivienda de segunda mano anunciada por 180.000 €. El comprador no debería pensar solo: «Necesito 180.000 €». Debería sumar el impuesto que corresponda, la notaría, el Registro y, si la hay, la tasación de la hipoteca o la gestoría.
Antes de fijar el impuesto, también habría que comprobar el valor de referencia de la vivienda y si el comprador tiene derecho a un tipo reducido. Una compra que parece sencilla sobre el papel puede cambiar bastante según las circunstancias personales.
¿Cuánto conviene reservar además del precio?
No hay una cifra única que sirva para todos los compradores. Depende sobre todo de:
- Si la vivienda es nueva o de segunda mano
- El precio de compra
- El valor de referencia fiscal
- Si será su vivienda habitual
- Su situación personal
- Si necesita hipoteca
- Los servicios profesionales que contrate
Por eso, antes de firmar una reserva, haga un cálculo completo. Evita un momento muy desagradable: encontrar la vivienda perfecta y descubrir después que no tiene dinero suficiente para los impuestos y los gastos.
Comprar con seguridad
Comprar una vivienda puede ser una de las mayores decisiones económicas de su vida. No se trata solo de encontrar una casa bonita. También hay que revisar los documentos, la situación registral, las posibles cargas, la comunidad, los impuestos, la financiación y todos los gastos que conlleva. Un buen asesoramiento durante el proceso le ayuda a ver venir los problemas y le dice desde el principio lo que costará realmente la compra.
En Grupo Torremar podemos ayudarle a encontrar una vivienda que se ajuste a lo que necesita y acompañarle durante la compra, tanto si quiere vivir aquí todo el año como si busca una segunda residencia o un lugar cerca del mar, en Torrevieja y los municipios de alrededor.
Publicado el 24 de septiembre de 2026. Las cifras y los tipos son los vigentes en esa fecha; las normas cambian, así que compruébelos para su caso concreto.
